El 5 de octubre de 2026 el Ministerio de Hacienda anunció que vuelve a retrasar Verifactu. La nueva fecha es octubre de 2028, la misma para sociedades y para autónomos. Es el cuarto cambio de calendario desde que se aprobó la norma.
Esto es lo que ha pasado, lo que todavía no ha pasado y lo que te conviene hacer.
Qué ha anunciado Hacienda
Que las obligaciones pendientes del Real Decreto 1007/2023 —el reglamento que incluye Verifactu— pasan a octubre de 2028. Hasta ahora las fechas eran:
- 1 de enero de 2027, para sociedades.
- 1 de julio de 2027, para autónomos y el resto de contribuyentes.
Con el anuncio, las dos se juntan en una sola.
¿Es oficial ya?
Todavía no. Lo ha comunicado el Ministerio en una nota informativa, pero el cambio tiene que publicarse en el BOE con una norma nueva que sustituya los plazos actuales.
Hasta que eso ocurra, la norma vigente es el Real Decreto-ley 15/2025, que es el que fija las fechas de 2027. En la práctica, nadie espera que el anuncio se quede en nada, pero si tienes que tomar una decisión con fecha, conviene saber que hoy es un anuncio y no una ley.
Por qué lo retrasan
Para que coincida con otra obligación que viene detrás: la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales, de la Ley Crea y Crece.
El mismo 5 de octubre se publicó la orden de la solución pública de factura electrónica, que entra en vigor al día siguiente. Desde ahí empieza la cuenta atrás:
- 12 meses (octubre de 2027) para las empresas que facturan más de 8 millones de euros al año.
- 24 meses (octubre de 2028) para el resto, que es donde están casi todos los autónomos.
Hacienda quiere que pymes y autónomos no tengan que adaptarse dos veces en poco tiempo, y por eso mueve Verifactu a la misma fecha.
Son dos cosas distintas, aunque se hable de ellas juntas. Verifactu trata del registro de cada factura y de su envío a Hacienda. La factura electrónica trata de cómo se intercambia la factura entre empresas: en un formato estructurado que un programa pueda leer, no un PDF.
Qué cambia para ti si eres autónomo
La fecha. Si tenías julio de 2027 marcado en el calendario, ahora es octubre de 2028. Ganas algo más de un año de margen.
La prisa. Si alguien te estaba metiendo urgencia para cambiar de programa antes de 2027, ya no tiene ese argumento.
Qué no cambia
- La obligación. La norma está escrita: lo que se mueve es la fecha, no lo que se exige.
- Lo que tendrá que hacer tu programa: registrar cada factura con su huella, encadenarla con la anterior y llevar el QR.
- Las sanciones cuando llegue la fecha: hasta 50.000 € por ejercicio para quien use un programa que no cumpla.
- La homologación que no existe. Hacienda sigue sin homologar programas. Lo que vale es la declaración responsable del fabricante.
Cuatro calendarios en tres años
La fecha ya ha cambiado varias veces: primero era julio de 2025, luego 2026, luego enero y julio de 2027, y ahora octubre de 2028. Cada aplazamiento ha llegado cuando faltaban pocos meses.
Saca tus conclusiones, pero la que sacamos nosotros es sencilla: no conviene apurar ninguna fecha, porque ni siquiera sabes si es la definitiva.
Qué haría ahora
- No cambies de programa con prisas por Verifactu. Ya no hace falta.
- Tampoco lo dejes para septiembre de 2028. Será cuando lo intente todo el mundo a la vez, y además con la factura electrónica encima.
- Si tu programa te vendía urgencia con 2027, pregúntale qué hace con la fecha nueva y con la factura electrónica. La respuesta te dirá mucho.
- Aprovecha el margen para elegir bien: por lo que te ahorra cada semana, no por miedo a una fecha.
Coteo cumple ya Verifactu, pero no lo hicimos solo para eso: escribes «factura a Martínez 400 € por la reparación» y sale la factura hecha, también desde WhatsApp. Eso te ahorra tiempo desde hoy, no desde 2028. Puedes probarlo 14 días, sin tarjeta, en coteo.es.
Que lo haga el programa
Coteo genera el registro, la huella y el encadenado en el mismo gesto de emitir. La remisión automática a Hacienda ya funciona.