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Plazos5 min de lectura·30 de octubre de 2026

La rebaja del 20 % para nuevos autónomos: si te toca y cómo pedirla de años anteriores

Si empezaste como autónomo hace poco, los dos primeros años con beneficios solo pagas IRPF por el 80 % de lo que ganas. Te explicamos si te toca, cuánto supone y cómo recuperarla si no la marcaste.

Si te diste de alta como autónomo hace poco, puede que Hacienda te deba dinero. Hay una rebaja en la renta que casi nadie marca: los dos primeros años con beneficios, solo pagas IRPF por el 80 % de lo que ganas. Y si no la marcaste, todavía puedes pedirla de los años anteriores.

Lo dice el artículo 32.3 de la Ley del IRPF. Aquí tienes si te toca, cuánto supone y cómo se pide, paso a paso.

Qué es la rebaja, en una frase

Si empiezas una actividad y calculas tu rendimiento en estimación directa, puedes reducir un 20 % tu rendimiento neto:

  • el primer año en que tengas beneficios;
  • y el año siguiente.

No es el año en que te das de alta, sino el primero en que ganas dinero. Si el primer año tuviste pérdidas, la rebaja empieza el siguiente.

¿Me toca? Las cinco condiciones

Te toca si cumples todas estas:

  1. Estás en estimación directa (normal o simplificada). Si tributas por módulos, no te toca.
  2. Empezaste una actividad nueva. Cuenta como inicio si no tuviste ninguna actividad económica el año anterior a darte de alta. Una actividad que cerraste sin haber tenido nunca beneficios no cuenta.
  3. Es uno de tus dos primeros años con beneficios.
  4. Ese año, menos de la mitad de tus ingresos vienen de la empresa donde trabajabas el año anterior a darte de alta. Si te diste de alta para facturarle casi todo a tu antigua empresa, ese año no te toca.
  5. La rebaja se aplica como mucho sobre 100.000 € de rendimiento al año. Si ganas más, te toca igual, pero solo sobre esos 100.000 €.

Cuánto supone (con números)

La rebaja quita un 20 % de lo que ganas antes de calcular el impuesto. Lo que te ahorras depende de tu tipo de IRPF, y ese cambia según tu comunidad y tu familia. Dos ejemplos aproximados, con la escala general:

Autónomo A Autónomo B
Rendimiento neto al año 30.000 € 100.000 €
Rebaja del 20 % 6.000 € 20.000 €
Tipo que se ahorra (aprox.) 30 % 45 %
Menos IRPF cada año ≈ 1.800 € ≈ 9.000 €
En los dos años ≈ 3.600 € ≈ 18.000 €

El autónomo A es el caso normal. El B es el tope: más no se puede ahorrar, porque la rebaja no pasa de 100.000 € de rendimiento.

Cómo se marca en la renta de este año

  1. Entra en Renta Web (con Cl@ve, certificado o número de referencia).
  2. Ve al apartado de tu actividad económica en estimación directa, donde pones tus ingresos y tus gastos.
  3. Busca la reducción por inicio de actividad e indica que te corresponde: es tu primer o tu segundo año con beneficios.
  4. Comprueba en el resumen que el rendimiento neto ha bajado un 20 %.

Ojo: Renta Web no sabe cuándo empezaste ni si cumples las condiciones. Si no lo indicas tú, no se aplica. Por eso tanta gente se la pierde.

Cómo recuperarla si no la marcaste

Una renta ya presentada se puede corregir mientras no haya prescrito: 4 años desde que acabó el plazo para presentarla (artículo 66 de la Ley General Tributaria). Hoy, 30 de octubre de 2026, eso significa:

Renta de Se presentó hasta Se corrige hasta
2022 30/06/2023 30/06/2027
2023 01/07/2024 01/07/2028
2024 30/06/2025 30/06/2029
2025 30/06/2026 30/06/2030

Los pasos:

  1. Mira en qué años tuviste beneficios desde que te diste de alta. Te tocan los dos primeros.
  2. Entra en Renta Web y abre la declaración de ese año.
  3. Elige modificarla. Según el año, Renta Web te llevará a una declaración que corrige la anterior o a una solicitud de rectificación. En los dos casos se hace desde el mismo sitio.
  4. Marca la reducción por inicio de actividad en el apartado de tu actividad, igual que en la renta de este año.
  5. Revisa el resultado y preséntala. Si sale a tu favor, Hacienda te devuelve la diferencia. Si tarda más de lo que marca la ley, además te paga intereses.
  6. Repite con el segundo año, si también estaba sin marcar.

Si te lleva la renta una gestoría, pásale este artículo: lo puede hacer ella con tu permiso.

Dudas frecuentes

¿Y si el primer año tuve pérdidas? Entonces la rebaja empieza el primer año con beneficios y dura ese año y el siguiente.

¿Vale si estoy en módulos? No. Solo en estimación directa, normal o simplificada.

¿Me pueden pedir que lo justifique? Hacienda puede comprobar que cumples las condiciones: que no tuviste otra actividad el año anterior y de quién vienen tus ingresos. Guarda tu alta en Hacienda y tus facturas.

¿Pierdo algo por pedirla tarde? No. Mientras no haya prescrito, la corrección es tu derecho, y si te devuelven dinero no hay ninguna multa.

Saber lo que ganas cada año, sin sorpresas

Para saber si un año tuviste beneficios, y cuántos, necesitas tus facturas y tus gastos al día. En Coteo lo ves en el resumen del trimestre, con lo facturado, los gastos y el IVA, sin montar ninguna hoja de cálculo. Puedes probarlo gratis en coteo.es.

Fuentes: artículo 32.3 de la Ley 35/2006 del IRPF y artículo 66 de la Ley 58/2003 General Tributaria (BOE, textos consolidados). Las cifras de ahorro son aproximadas, con la escala general del IRPF; cambian según la comunidad autónoma y la situación familiar.

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